En España, el planteamiento contemporáneo sobre los riesgos laborales se origina en la Condición de Prevención de Riesgos laborales (31/1995), resultante de la transposición de la Directiva Entorno Europea. La Condición de Prevención de Riesgos Laborales no aborda en ningún momento los riesgos psicosociales, en realidad, no aparece en ella